CNE rechaza solicitudes de revocatoria de mandato contra Daniel Noboa y María José Pinto
El Consejo Nacional Electoral desestima por unanimidad los pedidos por incumplimiento de requisitos legales y técnicos
El Consejo Nacional Electoral (CNE) de Ecuador negó este 15 de julio de 2026, en sesión plenaria, la entrega de formularios para la recolección de firmas con el fin de iniciar procesos de revocatoria de mandato contra el presidente Daniel Noboa y la vicepresidenta María José Pinto. La decisión, adoptada por unanimidad con cinco votos a favor, se basó en el incumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Participación Ciudadana y el Reglamento para el Ejercicio de la Democracia Directa, luego de que la Presidencia impugnara y pidiera el archivo de la solicitud.
Decisión unánime del CNE y fundamentos legales
El Pleno del CNE, presidido por José Cabrera e integrado también por Esthela Acero, Diana Atamaint, Enrique Pita y Elena Nájera, concluyó que las solicitudes para la revocatoria no cumplían con los sustentos jurídicos necesarios para proceder. La Dirección Nacional de Asesoría Jurídica presentó un informe en el que se destacó que no se acreditaron de manera clara y precisa las razones que justificaran la revocatoria, especialmente en cuanto al supuesto incumplimiento del plan de trabajo plurianual del Ejecutivo.
Argumentos de los consejeros
El consejero Enrique Pita señaló que aunque la solicitud contenía diversos cuestionamientos, no establecía una relación directa, lógica y verificable entre los hechos denunciados y las funciones incumplidas. Por su parte, la consejera Elena Nájera subrayó que la revocatoria es un mecanismo excepcional que no puede basarse en discrepancias políticas o interpretaciones subjetivas, sino en causales constitucionales debidamente probadas.
Origen de las solicitudes y pasos a seguir
La petición para revocar el mandato del presidente Noboa fue promovida por el abogado Washington Andrade y el presidente de la Ecuarunari, Leonidas Iza Salazar, quienes alegaron incumplimiento del plan de gobierno y la inobservancia de obligaciones constitucionales y legales. En paralelo, la solicitud para revocar a la vicepresidenta María José Pinto fue presentada por Jorge Cáceres Echeverría y también fue desestimada.
Los solicitantes tienen la posibilidad de apelar esta decisión ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), conforme a la normativa vigente. El organismo electoral notificará formalmente a las partes involucradas para que puedan ejercer sus derechos.
Esta resolución reafirma la rigurosidad del proceso de revocatoria en Ecuador, garantizando que solo procedan solicitudes que cumplan con los parámetros legales y técnicos previstos. Para mayor información sobre participación ciudadana y mecanismos democráticos, se puede consultar la página oficial del gobierno gob.mx.
Fuente de la imagen: https://www.elcomercio.com/actualidad/politica/cne-niega-revocatoria-mandato-daniel-noboa-maria-pinto/

